Las Normas Laborales de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
Los incentivos laborales del Seguro Social, así como el nuevo programa “Boleto para trabajar”, pueden apoyar los esfuerzos de una persona para reingresar en la fuerza laboral.
Cuando un individuo piensa en trabajar, se deben considerar estas definiciones esenciales del Seguro Social.
Discapacidad: la imposibilidad de trabajar debido a una enfermedad que incapacita a una persona y que continuará por lo menos un año. Su discapacidad será cuestionada si usted trabaja durante el primer año de recibir los beneficios.
Trabajo: cualquier actividad física o mental que genera ingresos.
Ingresos Contables: Términos
Ingresos no derivados del trabajo (UI, por su sigla en inglés): Son los pagos por discapacidad, u otros fondos, recibidos sin haber efectuado un trabajo físico o mental. Los ejemplos incluyen: beneficios por discapacidad (SDI, SSDI, STD, LTD); ingresos de un fideicomiso o una inversión; dividendos; ganancias o fondos recibidos de cualquier otra fuente que no sea un empleo (por oposición a ingresos provenientes del trabajo).
Ingresos provenientes del trabajo (EI, por su sigla en inglés): Los salarios, sueldos, propinas, honorarios profesionales y otras cantidades recibidas en pago de un trabajo físico o mental efectuado realmente, sin incluir los fondos obtenidos de otras fuentes (por oposición a "Ingresos no derivados del trabajo").
Cálculo de los ingresos contables
Primero determine sus ingresos no derivados del trabajo contables. Para ello, debe considerar sus ingresos no derivados del trabajo mensuales (por ejemplo el beneficio del seguro de discapacidad del Seguro Social [SSDI]), y restarles $20 correspondientes a la "exclusión de ingresos general". Si no tiene ingresos no derivados del trabajo, debe aplicar esta exclusión a los ingresos provenientes del trabajo.
Cálculo de los ingresos no derivados del trabajo contables
Ingresos no derivados del trabajo
-
$20 exclusión de ingresos general
=
ingresos no derivados del trabajo contables
A continuación, determine sus ingresos provenientes del trabajo contables. Para ello, debe considerar sus ingresos provenientes del trabajo mensuales (por ejemplo el salario), y restarles $65 en concepto de "exclusión de ingresos provenientes del trabajo", más la porción no utilizada de los $20 correspondientes a la "exclusión de ingresos general", más los gastos del trabajo relacionados con la discapacidad (IRWE) . Divida por dos la cifra resultante para determinar sus ingresos provenientes del trabajo contables.
Cálculo de los ingresos provenientes del trabajo contables
ingresos provenientes del trabajo
-
$65 exclusión de ingresos provenientes del trabajo
-
$20 exclusión de ingresos general
(solo la porción no utilizada)
-
los gastos del trabajo relacionados con la discapacidad (IRWE)
÷
2
=
ingresos provenientes del trabajo contables
Finalmente, sume sus ingresos no derivados del trabajo contables y sus ingresos provenientes del trabajo contables para determinar sus ingresos totales contables.
Cálculo de los ingresos totales contables
ingresos no derivados del trabajo contables
+
ingresos provenientes del trabajo contables
=
ingresos totales contables
La Cobertura Continuada de Medi-cal: Disposición 1619 (b) del Seguro social
Si las ganancias de una persona reducen su beneficio mensual en efectivo de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) a cero, podrá reunir los requisitos necesarios para continuar con la cobertura de Medi-Cal en forma sin costo, siempre que se cumplan con las siguientes condiciones:
la persona recibió la Seguridad de Ingreso Suplementario en los últimos doce meses.
la persona sigue reuniendo los requisitos necesarios de discapacidad médica.
la persona sigue reuniendo los requisitos necesarios no relacionados con una discapacidad médica.
la persona necesita el seguro médico de Medicaid para continuar trabajando; y además
los ingresos (sueldo) de la persona se encuentran por debajo de la cifra de umbral anual de $34,324, de acuerdo con las disposiciones 1619 (b) (desde el 2009 en California).
Nota: para los beneficiarios invidentes de la Seguridad de Ingreso Suplementario, la cifra de umbral anual en 2009 es de $37,252, de acuerdo con las disposiciones 1619 (b).
El Seguro Social determina la cifra de umbral de cada estado para medir si las ganancias de una persona son suficientemente altas o no para reemplazar los beneficios de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y Medi-Cal (Medicaid). Esta cifra de umbral se basa en:
los gastos médicos promedio de Medicaid en ese estado; y
el monto de las ganancias que determina la suspensión de los pagos en efectivo de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) para una persona en ese estado.
Un individuo que percibe ganancias mayores a la cifra de umbral puede presentar una solicitud para un importe de una cifra de umbral individual mediante el Seguro Social, si la situación del individuo está comprendida en cualquiera de los siguientes casos:
los gastos médicos exceden el monto promedio de un estado;
el salario del asistente personal es financiado públicamente;
No olvide informar todos sus ingresos brutos al Seguro Social sin demorarse, ya que el hecho de no hacerlo puede hacer que sus beneficios incluyan un sobrepago. Y, en ese caso, será considerado responsable de devolver los beneficios. Si se modifican sus salarios, también tiene informar esta situación de inmediato. Quienes trabajan por cuenta propia deben informar sus ganancias según la última declaración de impuestos presentada al IRS. Para informar las ganancias, póngase en contacto con el Seguro Social al número 800-772-1213 (voz) o al 800-325-0778 (TTY).
Es muy importante que informe inmediatamente sus ingresos brutos al Seguro Social.
Otras Normas Laborales del Seguro
Los Gastos laborales relacionados con una discapacidad son los gastos documentados de los servicios o artículos vinculados con la discapacidad que un beneficiario paga para poder efectuar su trabajo. Algunos ejemplos de estos gastos son las reparaciones de sillas de ruedas, los gastos médicos o medicamentos recetados pagados por el propio beneficiario, o el lector de una pantalla de computador.
Los gastos laborales relacionados con una discapacidad deben ser verificados mediante recibos originales o cheques pagados.
Los gastos laborales relacionados con una discapacidad son aprobados en la oficina local del Seguro Social dependiendo del caso.
No existe una lista predeterminada de los gastos laborales relacionados con una discapacidad que están aprobados.
Programa del Plan para Lograr la Autosuficiencia (PASS, por su sigla en inglés)
El programa del Plan para lograr la autosuficiencia permite a ciertos individuos incapacitados reservar los ingresos provenientes y no provenientes del trabajo. El Seguro Social eximirá estos ingresos cuando son depositados en un plan PASS aprobado y utilizados para alcanzar una meta vocacional, tal como para la universidad o una escuela de capacitación. Este Plan es un programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). Usted debe cumplir con las normas financieras del programa de la Seguridad de Ingreso Suplementario para poder utilizar el programa del Plan. Se requiere una solicitud detallada. Este Plan puede ser una herramienta valiosa para obtener un empleo competitivo.
Ingresos Provenientes del Trabajo Excluidos de un Estudiante
Si un beneficiario de la Seguridad de Ingreso Suplementario es menor de 22 años, no está considerado como el jefe de familia ni está casado, y va a la escuela regularmente, podrá excluir hasta $1,640 de sus ingresos provenientes del trabajo por mes. La cantidad máxima por ingresos provenientes del trabajo que un estudiante podrá excluir por año es de $6,600 dólares (a partir del 1/1/09).