Sí. También se lo denomina Programa HIPP o directamente HIPP. Estrictamente hablando, Medi-Cal/HIPP paga las primas de las personas que son beneficiarias de una cobertura privada. Si puede acceder a una cobertura médica privada, pero aún no se inscribió, el programa se conoce como Plan de Salud Grupal del Empleador (EGHP). Excepto por los distintos nombres, los programas son idénticos en otros aspectos y se denominan simplemente “Medi-Cal/HIPP”.
El programa Medi-Cal/HIPP paga las primas del seguro médico privado. Los beneficios de este programa duran todo el tiempo que usted mantenga su elegibilidad.
El programa Medi-Cal/HIPP paga las primas del seguro médico privado. Los beneficios de este programa duran todo el tiempo que usted mantenga su elegibilidad.
Puede usarlo para pagar el costo de las primas del seguro médico privado. Medi-Cal cubre los servicios a los cuales no puede acceder con la póliza privada, además de los deducibles y copagos. Usted debe pagar su costo compartido antes de poder usar los servicios de Medi-Cal.
Sí. Para ser elegible para este programa, usted debe reunir primero los requisitos de ingresos y bienes del sistema Medi-Cal, los cuales dependen de la categoría de elegibilidad de Medi-Cal a la que pertenece.
El procesamiento de las solicitudes de Medi-Cal/HIPP puede tardar hasta 90 días. Una vez aprobada su solicitud, debe esperar al menos 8-12 semanas antes de que se empiecen a pagar las primas en su nombre.
Sí. Si es elegible para la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), también lo será automáticamente para el sistema Medi-Cal. Si reúne los requisitos establecidos para Medi-Cal/HIPP, entonces se le pagarán las primas del seguro privado también.
La principal diferencia entre el sistema Medi-Cal y el programa Medi-Cal/HIPP es que el primero paga los costos de la atención médica, facturados hasta tres meses antes de la fecha de la solicitud, mientras que el segundo sólo cubre las primas del seguro y no hace pagos retrobienes.
Para evitar pagar un costo compartido o que éste se incremente, usted puede presentar una solicitud para el Programa para Trabajadores Discapacitados al 250% de California(250% CWD) y, en cambio, pagar una pequeña prima, locual le permitirá continuar usando el seguro médico privado y la cobertura de Medi-Cal.
Nota: Tendrá que seguir reuniendo los requisitos establecidos para su categoría de elegibilidadde Medi-Cal.