El Programa de Servicios de Asistencia en el Hogar (IHSS) provee a las personas que son invidentes, que están discapacitadas, o tienen más de 65 años, servicios de cuidado personal y domésticos, para que puedan vivir en sus hogares o conservar su empleo de modo seguro. Los servicios varían de una ayuda con las tareas domésticas a cuidados personales y auxilios paramédicos. A menudo, este programa se considera como una alternativa a una residencia con asistencia para las actividades diarias o a un hogar de ancianos.
Todo residente de California que vive en su propia casa y que reúne uno de los siguientes requisitos:
En la actualidad, es beneficiario de la SSI/SSP y Medi-Cal vinculado con la SSI, o está amparado por la sección 1619b que le permite mantener Medi-Cal;
• Tareas domésticas, como cocinar, limpiar y lavar la ropa; • Cuidados personales, como vestirse, bañarse y alimentarse; • Transporte y servicio de acompañantes para citas médicas; • Atención supervisada; y • Auxilios paramédicos prescriptos por un médico.
Algunos condados han contratado a proveedores de cuidados IHSS; los servicios también pueden ser prestados por proveedores comunitarios, amigos, vecinos y parientes. Usted es responsable de contratar, despedir y supervisar a su proveedor de cuidados IHSS.
Los servicios IHSS son financiados por fondos del gobierno federal, del estado y del condado. Dependiendo de sus ingresos contables, es posible que tenga que pagar un costo compartido de los servicios; esto se conoce como "costo compartido."
Dependiendo de sus circunstancias, puede ser elegible hasta para 283 horas de servicios IHSS cada mes. Un trabajador social del condado hará una evaluación de sus necesidades para determinar qué servicios necesita y para cuántas horas es elegible.
Llame o acuda a la oficina local de Medi-Cal para llenar una solicitud para el programa IHSS y verificar su elegibilidad. Luego, un trabajador social del condado lo visitará en su casa para hacer una evaluación de sus necesidades con el fin de determinar los servicios IHSS y la cantidad de horas que usted necesita.
Después de la evaluación de necesidades, el programa HISS se comunicará con usted para informarle si se aprobó o rechazó su solicitud. Si es aprobada, le informarán los servicios y la cantidad de horas autorizadas. Si se deniegan los servicios, o si no está satisfecho con la cantidad de horas autorizadas, usted tendrá el derecho de apelar. El procedimiento de apelación se describe en el reverso de la notificación recibida.
Sí. Por ejemplo, su/s proveedor/es de cuidados no puede/n pasar más de 6 horas por mes haciendo tareas domésticas; hacer compras no puede ser más de 1 hora por semana. Sin embargo, si puede probar que necesita más tiempo, a menudo puede conseguir más horas.
Sí. Se pueden usar las horas de IHSS para ayudar a conseguir, conservar o reincorporarse a un trabajo. No obstante, usted debe transferir las horas delegadas para los servicios en el hogar al lugar de trabajo; el programa IHSS no otorga horas adicionales utilizables en el lugar de trabajo.
No. Si vive en una residencia con asistencia para las actividades diarias o un hogar de ancianos, no es elegible para el programa IHSS. Si tiene planeado en el futuro vivir por su propia cuenta, entonces puede presentar una solicitud para que los servicios IHSS comiencen después de su mudanza.
Hay tres programas estándares por medio de los cuales las personas reciben los servicios IHSS. El Programa Residual es para las personas que no son elegibles para la cobertura de servicios integrales de Medi-Cal. El programa ofrece una cantidad máxima de 195 horas por mes, la cual incluye una atención supervisada, para las personas sin una discapacidad grave, y hasta 283 horas por mes para aquellas con una discapacidad grave.
Las personas discapacitadas, cualquiera sea su grado de gravedad, pueden conseguir hasta 283 horas de servicio por mes de acuerdo con el Programa de Servicios de Cuidados Personales de Medi-Cal (PCSP). Esto incluye una atención supervisada. El programa está a disposición de todas las personas que tienen la cobertura de servicios integrales de Medi-Cal y que no tienen un cónyuge, o en caso de tratarse de un menor, por falta de un progenitor que le preste cuidados; también se ofrece a los niños mayores cuyos padres les prestan cuidados.
Este programa está disponible cuando se hace un pago anticipado o se ofrece una asignación para servicios de comida. También se aplica si el beneficiario tiene un cónyuge que lo ayuda, o uno de los padres provee cuidados (si se trata de un menor de edad), o tanto un cónyuge/progenitor que le presta cuidados u otro tipo de proveedor de cuidados; la cantidad máxima de horas varía de 195 a 283.
Sí. Sus bienes personales no pueden superar los $2,000 para ser elegible para el programa IHSS; sin embargo, esto no incluye su vivienda, un vehículo para acudir a - o volver de - las citas médicas y un seguro de vida, con un valor nominal combinado menor que $1,500.